En abril de 2025, el presidente invocó la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA) para declarar el déficit comercial como emergencia nacional e imponer aranceles globales. En febrero, el Tribunal Supremo concluyó que dicha norma no autoriza el uso de aranceles con ese fin, lo que obligó a la Casa Blanca a buscar una base jurídica alternativa.

El Ejecutivo recurrió entonces a la Sección 122 de la Ley de Comercio de 1974, que permite aplicar gravámenes de hasta el 15 % durante un máximo de 150 días sin aprobación del Congreso. Con ese respaldo, fijó un arancel del 10 % y dejó abierta la opción de elevarlo hasta el 15 %, con vigencia hasta el 24 de julio.

La legalidad de esta vía también suscita dudas. La Sección 122 se diseñó para afrontar desequilibrios en los pagos internacionales en el contexto del sistema de Bretton Woods. Expertos consideran que su aplicación al actual déficit comercial no responde a su propósito original.

El tribunal escuchará los argumentos de las partes antes de pronunciarse sobre la validez de la medida.

Analistas estiman que el fallo puede influir de forma decisiva en la continuidad de la política arancelaria, eje del programa económico de Donald Trump, en un contexto de crecientes presiones internas.